Los contribuyentes que no declararon renta aún pueden hacerlo. Estas personas deberán pagar una sanción por extemporaneidad correspondiente al 5 % del impuesto por mes o fracción de mes y liquidar los intereses correspondientes.
El pasado 19 de octubre venció el plazo para que las personas naturales declaran renta ante la Dian, sin embargo, la entidad invitó nuevamente a los contribuyentes que no presentaron su respectiva declaración en las fechas establecidas a que lo hagan. Sin embargo, estas personas deberán pagar una sanción por extemporaneidad correspondiente al 5 % del impuesto por mes o fracción de mes y liquidar los intereses correspondientes.
Cabe recordar que desde el viernes pasado se conoció que un total de 2.902.256 personas naturales presentaron su declaración del impuesto sobre la renta y complementario por el año gravable 2017, lo que significa un aumento del 14 % en el número de declarantes según cifras preliminares de la Dian.
El recaudo preliminar reportado por los sistemas es de 2.32 billones de pesos, una vez descontadas las retenciones en la fuente, los anticipos del impuesto pagados el año anterior y los saldos a favor de los contribuyentes. Lo que significa que se superó la meta establecida de 2 billones de pesos y superior en 43 % a la cifra recaudada por la entidad en 2017 cuando fue de 1,6 billones de pesos.
Fuente: Actualícese