A partir del 11 de agosto de 2020 inician los vencimientos para presentar declaraciones de renta correspondiente al año gravable 2019 por parte de personas naturales y sucesiones ilíquidas en Colombia. Pero ¿quiénes están obligados a presentar esta declaración?
Todas las personas naturales y sucesiones ilíquidas que cumplan con alguna de las siguientes condiciones, deben presentar declaración de renta por el año gravable 2019 en este año 2020:
1. Que el patrimonio bruto a 31 de diciembre del año 2019 sea igual o superior de cuatro mil quinientas (4.500) UVT ($154.215.000).
2. Que los ingresos brutos (Ordinarios y extraordinarios) durante el año 2019 sean iguales o superiores a mil cuatrocientas (1.400) UVT ($47.978.000).
3. Que los consumos mediante tarjeta de crédito durante el año 2019 sean iguales o superiores a mil cuatrocientas (1.400) UVT ($47.978.000).
4. Que el valor total de compras y consumos durante el año 2019 sean iguales o superiores a mil cuatrocientas (1.400) UVT ($47.978.000).
5. Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, durante el año 2019 sean iguales o superiores a mil cuatrocientas (1.400) UVT ($47.978.000).
Decreto 2345 del 23 de diciembre de 2019
Se recomienda consultar con un contador público para determinar con certeza la obligación o no de declarar renta, dado que la legislación tributaria contempla particularidades en la forma de determinar por ejemplo el valor patrimonial de los bienes, y cualquier error pude ocasionarle una omisión sancionable en el futuro.
Fuente: consultorcontable